20 de Junio de 2004

 
 
 
 
 
 

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      Ministerio de Salud: Una Propuesta para su funcionamiento

La salud no es una atribución delegada por las provincias a la Nación, por tanto los gobiernos locales cuentan con autonomía en sus respectivas jurisdicciones, ello implica que necesariamente debe existir un grado de coordinación para lograr un funcionamiento armónico del Sistema. La implementación formal pasa a través de un mecanismo de concertación liderado por el Ministerio de Salud de la Nación.

La Constitución Nacional específicamente acuerda a las provincias facultades para establecer sus propios seguros sociales de salud, con autonomía financiera y económica, y administración de los interesados con participación del Estado, detentando entonces las políticas sustantivas de la Nación valor restringido a su ámbito de competencia (obras sociales ley 23660, I.N.S.S.J.P., hospitales nacionales) dependiendo para su generalización de coincidencias a nivel político; no obstante es deber ineludible de la Nación tender a lograr la meta de la preservación de la salud para la población en general, en el marco de un Sistema Integral basado en principios de EQUIDAD, SOLIDARIDAD, EFICIENCIA y CALIDAD protegiendo prioritariamente a los que menos tienen y a los que más necesitan.
Por otra parte los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen reconocido constitucionalmente el derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses en relación al consumo, por lo cual la Nación debe ejercer funciones de supervisión en relación a las prestaciones médico asistenciales otorgadas a nivel país, y proveer, en forma supletoria en las demás jurisdicciones, a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, y a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados.
En síntesis las autoridades nacionales deberán ejercer, a través del Ministerio de Salud, funciones de regulación, coordinación, fiscalización y control, elaborando los programas, dictando las normas pertinentes y ejecutando las acciones que permitan el funcionamiento armonioso del Sistema.


Aspectos Relevantes del Sistema de Salud a Tomar en Consideración
A nivel nacional la cobertura de la población es la siguiente:

Estructura Poblacional Argentina según Tipo de Cobertura

Como principios básicos para lograr el eficiente y coordinado funcionamiento de cada uno de los subsistemas enunciados deberán tenerse presente los siguientes parámetros:

• Obras Sociales Nacionales: el total de población cubierta incluye 460.000 jubilados y 600.000 aportantes voluntarios; por la cobertura del resto de beneficiarios (10.500.000) se recaudan en concepto de aportes y contribuciones alrededor de $3.140.000.000 al año (sin considerar el Fondo Solidario de Redistribución). Si se calcula que las erogaciones necesarias para cubrir el PMO (cápita estimada de $19.- para los menores de 15 años y de $31.- para el segmento de 15 a 64 años - excluyendo prácticas de alto costo y baja incidencia-) se arriba a un monto de $260.000.000 mensuales con lo cual se verían cubiertos, sin considerar los gastos de funcionamiento, el total de los ingresos.

• I.N.S.S.J y P: Conforme una cápita promedio estimada de $ 57.- se prevé un gasto mensual de $194.000.000.- en prestaciones médico asistenciales.

• Obras Sociales Provinciales: sin perder de vista el principio de autonomías regionales se supervisará a través del gobierno local la adecuada cobertura de la población local implementando un sistema de recolección de datos que permita monitorear las jurisdicciones en tal sentido.

• Obras Sociales Autónomas: deberá implementarse un esquema similar al antedicho, a los mismos efectos.

• Seguros Privados: deberán establecerse los mecanismos de control que permitan detectar cualquier hecho que atente contra la competencia u otra forma de distorsión de este mercado a fin de proteger debidamente la salud de los usuarios.

• Hospital Público: es menester que se manejen con un grado de autonomía tal que les permita mejorar su eficiencia.

El Ministerio de Salud de la Nación deberá ejercer la supervisión de cada uno de los subsistemas y del conjunto, a efectos de evaluar la marcha en general del Sistema de Salud, detectar oportunamente los desvíos que pudieran existir, y arbitrar los mecanismos correctivos correspondientes.


Funciones del Ministerio de Salud de la Nación

Se detallan a continuación las funciones específicas que debe desarrollar el Ministerio en relación a cada grupo poblacional en que puede clasificarse nuestro país.

Población no Cubierta por Seguros de Salud

La prioridad en toda planificación debe estar orientada a integrar al Sistema de Salud a la población que hoy no tiene cobertura de ningún seguro de salud y no puede valerse por sus propios medios para lograr una atención medico-asistencial adecuada.
Si bien es cierto que es función de cada uno de los gobiernos provinciales y del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el brindar cobertura a los individuos de este segmento que se encuentren en su jurisdicción, el gobierno central tiene la obligación de velar por ello, por lo cual deberá orientar y monitorear al accionar de los gobiernos locales en tal sentido.
Se expone a continuación un cuadro que contiene la distribución territorial estimada de las personas no aseguradas:

Cada jurisdicción deberá contar con una planificación adecuada para brindar protección a este sector y, una vez instalada tal cobertura, corresponde desarrollar el oportuno seguimiento de las prestaciones, para verificar su eficiencia.
Por otro lado será necesario consolidar la información relativa a patologías atendidas, tasas de utilización, controles de prevención implementados, etc. como así también de los fondos destinados a tal fin, para conformar los datos estadísticos del gasto en salud de cada jurisdicción en particular y los totales del país en general.

En síntesis, el Ministerio de Salud tendrá como función:

• Coordinar las políticas, objetivos y programas establecidos en cada jurisdicción inherentes a la cobertura médico asistencial de la población carenciada.
• Controlar que las prestaciones mencionadas sean brindadas en un marco de eficacia, eficiencia, y efectividad, entendiendo en la fiscalización y/o supervisión de los servicios, establecimientos e instituciones de salud en forma conjunta con las provincias.
• Coordinar los servicios estatales (nacionales, provinciales y municipales) con los servicios privados de Salud.
• Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos sanitarios públicos y privados.

Población Cubierta por la Seguridad Social

En este grupo poblacional se incluyen todos aquellos individuos y sus familias cubiertos con recursos provenientes del salario (aportes personales y contribuciones patronales); abarcan las Obras Sociales Nacionales, el I.N.S.S.J.P., las Obras Sociales Provinciales y otras Obras Sociales Autónomas (fuerzas armadas, seguridad, universitarias). El Ministerio de Salud tendrá como función:

• Participar juntamente con las autoridades locales en la elaboración de programas integrales de salud correspondientes a la Seguridad Social e intervenir en el control de su ejecución .

Obras Sociales Nacionales

Se trata del segundo grupo poblacional en importancia después de aquella población que carece de aseguramiento en salud, en este caso la tarea primaria de control la efectúa la Superintendencia de Servicios de Salud que funciona como Organismo Descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud, éste último tendrá como responsabilidad:

Entender en la elaboración de normas del régimen de Obras Sociales y la fiscalización de su aplicación a través del Organismo de Control.

A tales efectos deberá dictar e instrumentar las políticas de funcionamiento del Subsistema, controlar su ejecución a través de la citada Superintendencia, y supervisar los resultados de las acciones de fiscalización llevadas a cabo.

Corresponde entonces al Ministerio:

Tender a lograr una equitativa aplicación de los recursos, y controlar que se brinden a los beneficiarios, en calidad y cantidad adecuadas, las prestaciones médico asistenciales que sean necesarias.


Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados Y Pensionados

Esta entidad encuadrada originalmente como Obra Social Nacional, de Administración Mixta, merece, por su envergadura, considerarse puntualmente; de por sí valen las mismas consideraciones que para el resto de las O.S.N. pero no debe perderse de vista la dispersión de su población beneficiaria, a saber:

Es función del Ministerio:
• Elaborar las normas que resulten necesarias al efecto de un adecuado funcionamiento de la Institución en consonancia con las políticas generales del Sistema
• Verificar los resultados de la gestión y arbitrar las medidas que fueran necesarias para el caso de detectarse desvíos.

Obras Sociales Provinciales

La distribución poblacional estimada para este subsector es la que a continuación se detalla:


A partir de la convalidación o actualización de estos datos poblacionales podrá delinearse el proyecto de una política para el sector, los Gobiernos Provinciales serán los encargados de fijar los lineamientos del Plan de Salud local conforme las necesidades de cada Jurisdicción estableciendo las prioridades correspondientes. Va de suyo que estos Planes deben ser compatibilizados con el Plan Nacional de Salud con la finalidad primordial de tratar que no quede ningún aspecto médico asistencial sin cubrir en el territorio nacional.

Corresponde al Ministerio de Salud:

• Evaluar los Planes de Salud formulados por cada jurisdicción y elaborar los lineamientos del Plan Nacional de Salud.
• Constatar los resultados de la gestión de las jurisdicciones en particular y a nivel nacional en general, proponiendo las medidas correctivas que resulten necesarias.

Obras Sociales Autónomas
La población beneficiaria estimada para este sector es la siguiente:

Siguiendo el mismo lineamiento que para el resto de las Obras Sociales, deberá formularse el proyecto de políticas a ser discutido con los actores involucrados para su implementación, y necesaria coordinación con la política global del sector. Sin perjuicio de ello, y en cumplimiento de su rol constitucional, el Ministerio tendrá como función:

Supervisar la gestión de estas instituciones intermedias a fin de constatar que están brindando una adecuada prestación a sus beneficiarios y recabar información sobre el movimiento de los fondos que están administrando a efectos de su consolidación con el resto de los sectores.

Seguros Privados

Este grupo incluye las entidades conocidas como de Medicina Prepaga, las Mutuales que brindan prestaciones de salud, y otras Instituciones Médicas que tienen sus propios planes de atención.
La responsabilidad del control de su funcionamiento y de regulación depende, en el caso de los Prepagos e Instituciones Médicas, del gobierno local del ámbito de su radicación, y en el caso de mutuales no adheridas al Sistema Nacional de Obras Sociales de su organismo natural de control (INACYM). No obstante, sobre todas ellas es responsabilidad del Ministerio:

• Entender, juntamente con las autoridades locales, en la elaboración de normas destinadas a que las entidades antedichas cumplan con su finalidad, y velar porque la atención de la salud de sus adherentes quede garantizada.



Acciones a Nivel Global del Sistema

Para que el garantizar la salud de la población se torne una realidad, además de las acciones a ejercer sobre cada subsistema en particular, a nivel general del Sistema es función del Ministerio:

¨ Coordinar la organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos sanitarios públicos y privados de las distintas jurisdicciones .
¨ Entender en la coordinación de los servicios estatales (nacionales, provinciales y municipales) con los servicios privados de salud pública.
¨ Entender y fiscalizar la distribución de subsidios a otorgar con fondos públicos a las entidades públicas y privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva o asistencial.
¨ Entender en la asignación y control de subsidios tendientes a resolver problemas de salud en situaciones de necesidad no previstos o no cubiertos por los sistemas en vigencia.



Otras Acciones

Para finalizar, existen otras funciones de competencia del Ministerio que atañen a temas puntuales, que son:

Entender en la fiscalización médica de la inmigración y la defensa sanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y medios de transporte internacional.
• Entender en el ejercicio del poder de policía sanitaria en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados con salud e intervenir en la radicación de las industrias productoras de los mismos.
• Entender en la fiscalización de todo lo atinente a la elaboración y distribución de los productos medicinales, biológicos, drogas, etc y de material e instrumental de aplicación médica.
• Intervenir en la corrección y eliminación de las distorsiones que se operen en el mercado interno de productos medicinales.
• Entender en la elaboración de los programas materno infantiles en el ámbito nacional como interregional tendientes a disminuir la mortalidad infantil.
• Entender en la elaboración de los planes de las campañas sanitarias destinadas a lograr la erradicación de enfermedades endémicas y la rehabilitación de los enfermos.
• Intervenir en la promoción de la educación sanitaria a través de las escuelas primarias, secundarias o especiales, para crear desde la niñez conciencia sanitaria en la población.
• Intervenir en las acciones destinadas a la fiscalización sanitaria y bromatológica de los alimentos.
• Entender en la elaboración de normas reglamentarias sobre medicina del trabajo.
• Entender en la elaboración de normas reglamentarias sobre medicina del deporte.