La salud no es una atribución delegada por las provincias
a la Nación, por tanto los gobiernos locales cuentan con
autonomía en sus respectivas jurisdicciones, ello implica
que necesariamente debe existir un grado de coordinación
para lograr un funcionamiento armónico del Sistema. La implementación
formal pasa a través de un mecanismo de concertación
liderado por el Ministerio de Salud de la Nación.
La Constitución Nacional específicamente acuerda a
las provincias facultades para establecer sus propios seguros sociales
de salud, con autonomía financiera y económica, y
administración de los interesados con participación
del Estado, detentando entonces las políticas sustantivas
de la Nación valor restringido a su ámbito de competencia
(obras sociales ley 23660, I.N.S.S.J.P., hospitales nacionales)
dependiendo para su generalización de coincidencias a nivel
político; no obstante es deber ineludible de la Nación
tender a lograr la meta de la preservación de la salud para
la población en general, en el marco de un Sistema Integral
basado en principios de EQUIDAD, SOLIDARIDAD, EFICIENCIA y CALIDAD
protegiendo prioritariamente a los que menos tienen y a los que
más necesitan.
Por otra parte los consumidores y usuarios de bienes y servicios
tienen reconocido constitucionalmente el derecho a
la protección
de su salud, seguridad e intereses en relación al consumo,
por lo cual la Nación
debe ejercer funciones de supervisión
en relación a las prestaciones médico asistenciales
otorgadas a nivel país, y proveer, en forma supletoria en
las demás jurisdicciones, a la protección de esos
derechos, a la educación para el consumo, y a la defensa
de la competencia contra toda forma de distorsión de los
mercados.
En síntesis las autoridades nacionales deberán
ejercer, a través del Ministerio de Salud, funciones de regulación,
coordinación, fiscalización y control, elaborando
los programas, dictando las normas pertinentes y ejecutando las
acciones que permitan el funcionamiento armonioso del Sistema.
Aspectos Relevantes del Sistema de Salud a Tomar en Consideración
A nivel nacional la cobertura de la población es la siguiente:
Estructura Poblacional Argentina según
Tipo de Cobertura
Como principios básicos para lograr el eficiente y
coordinado funcionamiento de cada uno de los subsistemas enunciados
deberán tenerse presente los siguientes parámetros:
• Obras Sociales Nacionales: el total de población
cubierta incluye 460.000 jubilados y 600.000 aportantes voluntarios;
por la cobertura del resto de beneficiarios (10.500.000) se recaudan
en concepto de aportes y contribuciones alrededor de $3.140.000.000
al año (sin considerar el Fondo Solidario de Redistribución).
Si se calcula que las erogaciones necesarias para cubrir el PMO
(cápita estimada de $19.- para los menores de 15 años
y de $31.- para el segmento de 15 a 64 años - excluyendo
prácticas de alto costo y baja incidencia-) se arriba a
un monto de $260.000.000 mensuales con lo cual se verían
cubiertos, sin considerar los gastos de funcionamiento, el total
de los ingresos.
• I.N.S.S.J y P: Conforme una cápita promedio
estimada de $ 57.- se prevé un gasto mensual de $194.000.000.-
en prestaciones médico asistenciales.
• Obras Sociales Provinciales: sin perder de vista el principio
de autonomías regionales se supervisará a través
del gobierno local la adecuada cobertura de la población
local implementando un sistema de recolección de datos
que permita monitorear las jurisdicciones en tal sentido.
• Obras Sociales Autónomas: deberá implementarse
un esquema similar al antedicho, a los mismos efectos.
• Seguros Privados: deberán establecerse los mecanismos
de control que permitan detectar cualquier hecho que atente contra
la competencia u otra forma de distorsión de este mercado
a fin de proteger debidamente la salud de los usuarios.
• Hospital Público: es menester que se manejen con
un grado de autonomía tal que les permita mejorar su eficiencia.
• El Ministerio de Salud de la Nación deberá
ejercer la supervisión de cada uno de los subsistemas y
del conjunto, a efectos de evaluar la marcha en general del Sistema
de Salud, detectar oportunamente los desvíos que pudieran
existir, y arbitrar los mecanismos correctivos correspondientes.
Funciones del Ministerio de Salud de la Nación
Se detallan a continuación las funciones específicas
que debe desarrollar el Ministerio en relación a cada grupo
poblacional en que puede clasificarse nuestro país.
Población no Cubierta por Seguros de Salud
La prioridad en toda planificación debe estar orientada
a integrar al Sistema de Salud a la población que hoy no
tiene cobertura de ningún seguro de salud y no puede valerse
por sus propios medios para lograr una atención medico-asistencial
adecuada.
Si bien es cierto que es función de cada uno de los gobiernos
provinciales y del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el brindar
cobertura a los individuos de este segmento que se encuentren
en su jurisdicción, el gobierno central tiene la obligación
de velar por ello, por lo cual deberá orientar y monitorear
al accionar de los gobiernos locales en tal sentido.
Se expone a continuación un cuadro que contiene la distribución
territorial estimada de las personas no aseguradas:
Cada jurisdicción deberá contar con una planificación
adecuada para brindar protección a este sector y, una vez
instalada tal cobertura, corresponde desarrollar el oportuno seguimiento
de las prestaciones, para verificar su eficiencia.
Por otro lado será necesario consolidar la información
relativa a patologías atendidas, tasas de utilización,
controles de prevención implementados, etc. como así
también de los fondos destinados a tal fin, para conformar
los datos estadísticos del gasto en salud de cada jurisdicción
en particular y los totales del país en general.
En síntesis, el Ministerio de Salud tendrá como
función:
• Coordinar las políticas, objetivos y programas
establecidos en cada jurisdicción inherentes a la cobertura
médico asistencial de la población carenciada.
• Controlar que las prestaciones mencionadas sean brindadas
en un marco de eficacia, eficiencia, y efectividad, entendiendo
en la fiscalización y/o supervisión de los servicios,
establecimientos e instituciones de salud en forma conjunta con
las provincias.
• Coordinar los servicios estatales (nacionales, provinciales
y municipales) con los servicios privados de Salud.
• Entender en la organización, dirección y
fiscalización del registro de establecimientos sanitarios
públicos y privados.
Población Cubierta por la Seguridad Social
En este grupo poblacional se incluyen todos aquellos individuos
y sus familias cubiertos con recursos provenientes del salario
(aportes personales y contribuciones patronales); abarcan las
Obras Sociales Nacionales, el I.N.S.S.J.P., las Obras Sociales
Provinciales y otras Obras Sociales Autónomas (fuerzas
armadas, seguridad, universitarias). El Ministerio de Salud tendrá
como función:
• Participar juntamente con las autoridades locales en la
elaboración de programas integrales de salud correspondientes
a la Seguridad Social e intervenir en el control de su ejecución
.
Obras Sociales Nacionales
Se trata del segundo grupo poblacional en importancia después
de aquella población que carece de aseguramiento en salud,
en este caso la tarea primaria de control la efectúa la
Superintendencia de Servicios de Salud que funciona como Organismo
Descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud, éste
último tendrá como responsabilidad:
• Entender en la elaboración de normas del régimen
de Obras Sociales y la fiscalización de su aplicación
a través del Organismo de Control.
A tales efectos deberá dictar e instrumentar las políticas
de funcionamiento del Subsistema, controlar su ejecución
a través de la citada Superintendencia, y supervisar los
resultados de las acciones de fiscalización llevadas a
cabo.
Corresponde entonces al Ministerio:
• Tender a lograr una equitativa aplicación de
los recursos, y controlar que se brinden a los beneficiarios,
en calidad y cantidad adecuadas, las prestaciones médico
asistenciales que sean necesarias.
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados Y Pensionados
Esta entidad encuadrada originalmente como Obra Social Nacional,
de Administración Mixta, merece, por su envergadura, considerarse
puntualmente; de por sí valen las mismas consideraciones
que para el resto de las O.S.N. pero no debe perderse de vista
la dispersión de su población beneficiaria, a saber:

Es función
del Ministerio:
• Elaborar las normas que resulten necesarias al efecto de
un adecuado funcionamiento de la Institución en consonancia
con las políticas generales del Sistema
• Verificar los resultados de la gestión y arbitrar
las medidas que fueran necesarias para el caso de detectarse desvíos.
Obras Sociales Provinciales
La distribución poblacional estimada para este subsector
es la que a continuación se detalla:

A partir
de la convalidación o actualización de estos datos
poblacionales podrá delinearse el proyecto de una política
para el sector, los Gobiernos Provinciales serán los encargados
de fijar los lineamientos del Plan de Salud local conforme las
necesidades de cada Jurisdicción estableciendo las prioridades
correspondientes. Va de suyo que estos Planes deben ser compatibilizados
con el Plan Nacional de Salud con la finalidad primordial de tratar
que no quede ningún aspecto médico asistencial sin
cubrir en el territorio nacional.
Corresponde al Ministerio de Salud:
• Evaluar los Planes de Salud formulados por cada jurisdicción
y elaborar los lineamientos del Plan Nacional de Salud.
• Constatar los resultados de la gestión de las jurisdicciones
en particular y a nivel nacional en general, proponiendo las medidas
correctivas que resulten necesarias.
Obras Sociales Autónomas
La población beneficiaria estimada para este sector
es la siguiente:
Siguiendo el mismo lineamiento que para el resto
de las Obras Sociales, deberá formularse el proyecto de
políticas a ser discutido con los actores involucrados
para su implementación, y necesaria coordinación
con la política global del sector. Sin perjuicio de ello,
y en cumplimiento de su rol constitucional, el Ministerio tendrá
como función:
• Supervisar la gestión de estas instituciones
intermedias a fin de constatar que están brindando una
adecuada prestación a sus beneficiarios y recabar información
sobre el movimiento de los fondos que están administrando
a efectos de su consolidación con el resto de los sectores.
Seguros Privados
Este grupo incluye las entidades conocidas como de Medicina
Prepaga, las Mutuales que brindan prestaciones de salud, y otras
Instituciones Médicas que tienen sus propios planes de
atención.
La responsabilidad del control de su funcionamiento y de regulación
depende, en el caso de los Prepagos e Instituciones Médicas,
del gobierno local del ámbito de su radicación,
y en el caso de mutuales no adheridas al Sistema Nacional de Obras
Sociales de su organismo natural de control (INACYM). No obstante,
sobre todas ellas es responsabilidad del Ministerio:
• Entender, juntamente con las autoridades locales, en
la elaboración de normas destinadas a que las entidades
antedichas cumplan con su finalidad, y velar porque la atención
de la salud de sus adherentes quede garantizada.
Acciones a Nivel Global del Sistema
Para que el garantizar la salud de la población se torne
una realidad, además de las acciones a ejercer sobre cada
subsistema en particular, a nivel general del Sistema es función
del Ministerio:
¨ Coordinar la organización, dirección y fiscalización
del registro de establecimientos sanitarios públicos y
privados de las distintas jurisdicciones .
¨ Entender en la coordinación de los servicios estatales
(nacionales, provinciales y municipales) con los servicios privados
de salud pública.
¨ Entender y fiscalizar la distribución de subsidios
a otorgar con fondos públicos a las entidades públicas
y privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva
o asistencial.
¨ Entender en la asignación y control de subsidios
tendientes a resolver problemas de salud en situaciones de necesidad
no previstos o no cubiertos por los sistemas en vigencia.
Otras Acciones
Para finalizar, existen otras funciones de competencia del
Ministerio que atañen a temas puntuales, que son:
• Entender en la fiscalización médica de
la inmigración y la defensa sanitaria de fronteras, puertos,
aeropuertos y medios de transporte internacional.
• Entender en el ejercicio del poder de policía sanitaria
en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados
con salud e intervenir en la radicación de las industrias
productoras de los mismos.
• Entender en la fiscalización de todo lo atinente
a la elaboración y distribución de los productos
medicinales, biológicos, drogas, etc y de material e instrumental
de aplicación médica.
• Intervenir en la corrección y eliminación
de las distorsiones que se operen en el mercado interno de productos
medicinales.
• Entender en la elaboración de los programas materno
infantiles en el ámbito nacional como interregional tendientes
a disminuir la mortalidad infantil.
• Entender en la elaboración de los planes de las
campañas sanitarias destinadas a lograr la erradicación
de enfermedades endémicas y la rehabilitación de
los enfermos.
• Intervenir en la promoción de la educación
sanitaria a través de las escuelas primarias, secundarias
o especiales, para crear desde la niñez conciencia sanitaria
en la población.
• Intervenir en las acciones destinadas a la fiscalización
sanitaria y bromatológica de los alimentos.
• Entender en la elaboración de normas reglamentarias
sobre medicina del trabajo.
• Entender en la elaboración de normas reglamentarias
sobre medicina del deporte.
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