INTRODUCCIÓN
Es un deber ineludible de la Nación el velar para que las
prestaciones de salud revistan condiciones de Universalidad, Accesibilidad
y Oportunidad para toda la población del país.
Va de suyo que cada provincia y el gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires mantienen autonomía en lo atinente al tema Salud;
pero no es menos cierto que las carencias que puedan sufrir sus
habitantes, con motivo de presupuestos insuficientes, deben ser
cubiertas por el Gobierno Central quien debe acudir con la apoyatura
financiera necesaria para solucionar tales problemas.
En este entendimiento es preciso centralizar toda la información
referida al origen de los recursos y su aplicación con
destino a Salud de las distintas jurisdicciones para conocer las
necesidades financieras y prever los requerimientos, eficientizando
en consecuencia la utilización de los recursos disponibles.
Atendiendo a tal circunstancia, se propone el siguiente esquema
de funcionamiento de los distintos actores en cada jurisdicción.
ACTORES INVOLUCRADOS
• Secretaría de Salud Provincial
Corresponde sea la encargada de administrar la totalidad de los
recursos destinados a salud correspondientes a su jurisdicción,
individualizando su forma de aplicación con destino a la
cobertura de la población objetivo, y controlando la eficiencia
de las unidades ejecutoras (Obra Social Provincial, Hospital Publico,
etc.).
Con arreglo a las políticas y objetivos establecidos en
su jurisdicción deberá proyectar los gastos totales
que conlleven los programas y servicios inherentes a la cobertura
médico asistencial de la población.
Deberá asumir la responsabilidad de reunir toda la información
correspondiente a las unidades económicas bajo su dependencia
y/o descentralizadas, del destino de los fondos que manejan (para
prevención, atención clínica, internación,
administración, etc.), tasas de utilización de los
servicios, y estadísticas necesarias para conocer el funcionamiento
del sistema de salud de la jurisdicción. Esta información,
previo control, será remitida al Organismo Central (Ministerio
de Salud de la Nación) para su consolidación.
• Establecimientos Asistenciales
Los establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud
que brindan prestaciones médico asistenciales es menester
se manejen con un grado de autonomía tal que les permita
mejorar su eficiencia.
Cabe recomendar la implementación de una política
de incentivos, como estímulo al personal, y un sistema
que permita el arancelamiento de los servicios brindados a aquellos
individuos que cuentan con seguros de salud o bien estén
en condiciones de solventar las prestaciones recibidas, asegurando
la efectiva percepción de los fondos.
• Obra Social Provincial
Es necesario que se pueda identificar el movimiento de fondos
afectado a su funcionamiento, y a partir de allí contar
con un detalle de los ingresos (aportes y contribuciones, coseguros,
servicios brindados, etc.) y su aplicación, vale decir,
si se afectaron a prevención, atención primaria,
consulta clínica, internación, etc.
Además deberá suministrar a la Secretaría
de Salud informes actualizados sobre población beneficiaria,
plan prestacional y presupuesto proyectado, a fines de preparar
el programa integral de la jurisdicción.
• Otros Actores
¨ Efectores propios de las obras sociales provinciales. En
estos casos debe existir una diferenciación de su funcionamiento
con el de la Entidad matriz de manera tal que se pueda medir su
gestión.
¨ Prestadores Privados, se recomienda un proceso previo de
acreditación y categorización para su actuación
en el Sistema, identificando aquellas prestaciones que estén
en condiciones de brindar
ALCANCES DEL SISTEMA
La cobertura del Sistema Provincial de Salud se extendería
en principio a los actuales beneficiarios de las Obras Sociales
Provinciales y a la población carenciada. Asimismo se puede
prever la incorporación de otros grupos poblacionales,
como por ejemplo trabajadores autónomos, jubilados y pensionados,
o de aquellos que teniendo otra cobertura no estén satisfechos
con su actual nivel de atención.
Planificación Prestacional
Toda vez que los Gobiernos Provinciales son los primeros interesados
en lograr el mayor nivel de satisfacción en su población
y, por otra parte, son los que contribuirán mayoritariamente
con los recursos para el sostenimiento del Sistema, corresponde
sean los encargados de fijar los lineamientos del Plan Provincial
de Salud estableciendo las prioridades que consideren necesarias.
En este marco de referencia las Obras Sociales Provinciales deberán
preparar su propio plan de acción con el fin que los recursos
obtenidos se traduzcan en programas y proyectos concretos que
coadyuven al cumplimiento de la estrategia propuesta. En otras
palabras deberán garantizar una cobertura (paquete de servicios)
para una población definida, organizando a los prestadores
para lograr eficiencia y capacidad de respuesta adecuada.
Va de suyo que estos Planes deberán compatibilizarse con
el Plan Nacional de Salud con la finalidad primordial que no quede,
en la medida de lo posible, ningún aspecto prestacional
sin cubrir (prevención, diagnóstico y tratamiento
de enfermedades, discapacidades, etc.).
Fondo Solidario
Es evidente que los planes de salud regionales se verán
acotados por los recursos disponibles en cada jurisdicción,
es por ello que se estima necesaria la creación de un Fondo
Solidario que concurra a solventar programas o proyectos en aquellas
áreas con menores ingresos o donde se detecten mayores
necesidades, para equiparar los niveles de cobertura en todo el
ámbito del país a partir de un Plan Nacional de
Salud, redactado con el consenso de las administraciones provinciales,
que deberá prever la cobertura de aquellas necesidades
regionales que pudieran quedar insatisfechas.
Los recursos de este Fondo deberían provenir del Tesoro
Nacional recayendo el control y seguimiento de los programas o
proyectos financiados bajo la responsabilidad del Ministerio de
Salud de la Nación.
Coordinación del Sistema
Con el objetivo que las prestaciones a brindar sean las que realmente
la población necesita y los recursos asignados al sector
Salud tengan un uso racional y estratégico, se considera
conveniente que exista a nivel nacional, en la órbita del
Ministerio de Salud de la Nación una dependencia con la
facultad de monitorear la marcha de este Sistema, siendo sus funciones:
¨ Evaluar el nivel de cobertura médico asistencial
brindado por las Jurisdicciones, y su funcionamiento económico
financiero para detectar las necesidades que pudieran existir.
¨ Controlar, a través de la información económico
financiera suministrada por las Secretarías de Salud Provinciales,
las estadísticas médicas generadas, niveles de cobertura
alcanzados, etc., el funcionamiento del Sistema en su conjunto
generando propuestas para subsanar las asimetrías en las
prestaciones que pudieran producirse.
¨ Evaluar la viabilidad de los programas y proyectos formulados
por las Jurisdicciones, si pueden ejecutarse con los recursos
disponibles, y si encuadran y son abarcativos del Plan Nacional
de Salud.
¨ Entender en el seguimiento y evaluación en forma
sistemática y permanente de los planes y programas ejecutados
por cada jurisdicción.
FUNCIONAMIENTO
Los recursos del sistema estarán representados por los
aportes y contribuciones correspondientes a los afiliados de la
Obra Social Provincial, los fondos del Tesoro Provincial destinados
a cubrir la población carenciada, y los aportes del Fondo
Solidario afectados al cumplimiento de programas específicos.
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